Monterrey, Nuevo León. - El registro obligatorio de líneas telefónicas con la CURP en México ha generado inquietudes en los usuarios, especialmente sobre quienes quedan exentos del trámite. Este proceso, que busca reducir delitos como la extorsión, tiene ciertas excepciones a las que se les permite no registrarse.
Las líneas telefónicas que no requieren vinculación incluyen aquellas vinculadas a tarjetas SIM que no permiten llamadas ni envíos de mensajes SMS. Estas líneas corporativas, utilizadas por empleadores para sus empleados, no deben ser registradas por los trabajadores, ya que es la empresa la responsable de hacerlo.
Las excepciones incluyen las tarjetas SIM utilizadas en dispositivos de Internet de las cosas (IoT), como cámaras de seguridad y rastreadores GPS, que no requieren llamadas. También se encuentran exentas las líneas de solo datos, comunes en tablets y módems, así como chips que no permiten realizar llamadas.
Para los usuarios individuales, el registro es obligatorio y no existe alternativa. Quienes tengan una línea a su nombre deben completar el registro antes del 30 de junio de 2026. De no hacerlo, corre el riesgo de que su compañía suspenda el servicio, afectando así llamadas, mensajes y acceso a datos móviles.
La medida busca asociar números telefónicos con identidades oficiales para combatir delitos, aunque también ha suscitado preocupaciones sobre privacidad y manejo de datos personales. La vinculación es esencial para la seguridad, aunque la implementación genera debate entre los usuarios.