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Juez ordena pensión obligatoria para personas con discapacidad en NL

Un juez ordena al Congreso de Guanajuato a legislar pensiones obligatorias para personas con discapacidad menores de 65 años.

Fallo judicial exige al Congreso y gobernadora legislar pensiones para discapacitados menores de 65 años.
Tras un amparo ganado por tres ciudadanos, el Congreso de Guanajuato deberá crear las leyes operativas para garantizar la pensión a personas con discapacidad permanente menores de 65 años / Foto: Especial

Guanajuato, Guanajuato. - Un juez ha dictado una resolución que ordena al Congreso del Estado y a la gobernadora Libia Dennise García Muñoz Ledo a aprobar reformas que garanticen pensiones para personas con discapacidad permanente menores de 65 años. Esta decisión surge tras un amparo presentado por tres ciudadanos con discapacidad.

El amparo, resuelto por el juez Gerardo Herrera Lucio el 30 de enero, exige que el proceso legislativo de estas reformas inicie "a la brevedad posible". Aunque el Congreso argumentó haber realizado una reforma constitucional, no existen leyes concretas que implementen este derecho, lo que imposibilita la entrega efectiva de las pensiones.

La resolución del juez plantea una obligación clara para crear las normas necesarias que aseguren la entrega de la pensión no contributiva. Esta medida responde a las reformas aprobadas el 2 de diciembre de 2024, que obligan a todos los estados a proporcionar esta pensión a personas con discapacidad permanente menores de 65 años.

En Guanajuato, alrededor de 285 mil personas tienen algún tipo de discapacidad, según el Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi. El programa de pensiones del Gobierno Federal otorga 3 mil 300 pesos bimestrales a personas con discapacidad, aunque actualmente la oferta se dirige solo a aquellos menores de 30 años en estados sin convenio, como Guanajuato.

La acción legal surgió debido a la falta de cumplimiento del estado con la normativa federal, que exigía la creación de las disposiciones que garanticen el derecho a esta pensión. El juez destacó que el Congreso ha mostrado omisiones en la legislación necesaria y tendrá un plazo de diez días hábiles para apelar esta decisión.

Los pasos siguientes incluyen la posible presentación de un recurso por parte de las autoridades locales, lo que podría afectar la implementación de las reformas. Sin embargo, si la sentencia se mantiene, se deberá garantizar la operatividad de la pensión a las personas con discapacidad en el estado.

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