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SCJN quita requisito de cinco años para pensiones en concubinato

La SCJN elimina el requisito de cinco años para el concubinato, facilitando el acceso a pensiones y servicios de salud para más parejas.

La decisión amplía los derechos de parejas en concubinato, facilitando el acceso a servicios de salud y pensiones.
La SCJN quita el requisito de cinco años para que parejas en concubinato reciban pensión y servicios del ISSSTE.(Foto: Suprema Corte de Justicia de la Nación/Cuartoscuro) / Foto: Especial

Ciudad de México, Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha eliminado la obligación de demostrar cinco años de convivencia para que las parejas en concubinato accedan a pensiones y servicios de salud del ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado). Esta decisión marca un cambio significativo en la interpretación de derechos matrimoniales.

La SCJN declaró inconstitucionales los artículos 41, fracción I, y 131, fracción II de la Ley del ISSSTE, los cuales exigían este plazo mínimo. La apertura en los criterios permitirá que muchas más parejas que no habían alcanzado la cifra de cinco años puedan reclamar sus derechos a pensiones y servicios de salud.

El tribunal con base en un caso específico, confirmando el amparo de un hombre a quien se le negó la pensión tras la muerte de su pareja, subrayó que un juez familiar había validado su concubinato que duró poco más de tres años. La decisión de la corte ordena al ISSSTE no solo a reconsiderar solicitudes previas, sino también a evaluar la solidez de la relación sin imponer plazos arbitrarios.

En su resolución, la SCJN enfatizó que lo esencial no radica en el tiempo de convivencia, sino en la evidencia que respalda la relación de pareja, considerando criterios como el apoyo mutuo y la dependencia económica. Esto busca garantizar que los derechos de las parejas sean respaldados adecuadamente, fortaleciendo así el sistema de seguridad social.

Se anticipa que esta resolución impactará a numerosas parejas en situaciones similares, brindando un acceso más equitativo a servicios vitales. Además, se generará un debate sobre la necesidad de actualizar otras normativas que todavía podrían estar sujetas a requisitos de tiempo de convivencia.

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