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SCJN confirma que sentencias de Salas extintas no son revisables

La SCJN confirma que las sentencias de Salas extintas son definitivas y no pueden ser revisadas, fortaleciendo la seguridad jurídica.

La decisión fortalece la seguridad jurídica al considerar las resoluciones inatacables.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las sentencias emitidas por sus Salas extintas son definitivas y no pueden ser revisadas, al tratarse de cosa juzgada. Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación / Especial / Foto: Especial

Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las sentencias emitidas por sus Salas extintas son inatacables y no pueden ser revisadas. Esta decisión señala que reabrir dichos casos vulneraría la seguridad jurídica, respetando el principio de cosa juzgada.

El fallo se basa en un proyecto discutido y aprobado por el Pleno, liderado por la ministra Lenia Batres Guadarrama. Durante una sesión pública, la SCJN explicó que permitir la revisión de sentencias firmes afectaría la cohesión y la naturaleza indivisible del tribunal.

Además, esta resolución se convierte en un revés para la Fiscalía General de la República (FGR), que buscaba impugnar un amparo otorgado a Juana Hilda González en junio de 2025. González había sido condenada a 78 años por el secuestro de Hugo Alberto Wallace y había pasado 19 años en prisión. La FGR, bajo el mando del ex fiscal Alejandro Gertz Manero, pretendía que el Pleno revisara la sentencia de la Sala extinta.

Durante las discusiones, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz planteó la consulta sobre la procedencia de un recurso de revisión contra las sentencias de estas Salas. La ministra Batres enfatizó que cualquier intento de revisión implicaría aceptar una instancia superior en un órgano que por diseño constitucional no puede dividirse.

Surge una controversia en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta. Si bien el Pleno respaldó la decisión de no revisar sentencias firmes, el párrafo correspondiente generó debate respecto a la posibilidad de abrir un nuevo proceso ante la existencia de un fraude procesal grave. Varios ministros, incluida Yasmín Esquivel Mosso, solicitaron eliminar el párrafo debido a la falta de consenso sobre su legalidad.

La resolución establece que las sentencias firmes de la SCJN permanecerán intactas, garantizando certeza jurídica. Sin embargo, el Pleno dejó abierto el debate sobre la consideración de excepciones en casos de fraude procesal grave, que será discutido por la nueva integración de la Corte en el futuro.

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