Ciudad de México, México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que clarifica los organismos responsables de definir las tarifas eléctricas en el país. Este pronunciamiento no afecta de forma inmediata los costos de la electricidad, pero establece un marco para la interacción entre la Secretaría de Energía y el órgano regulador.
La SCJN revisó la constitucionalidad del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que permite a la Secretaría de Energía coordinarse con la Comisión Nacional de Energía para determinar las tarifas eléctricas reguladas. A través de su resolución, la Corte reafirmó que esta coordinación no equivale a subordinación y que el órgano regulador mantiene su autonomía técnica.
Durante el proceso, se consideró un amparo de una empresa generadora que argumentaba que la Secretaría no debía intervenir en la fijación de tarifas. La Corte rechazó esta petición, resaltando que la participación de la Secretaría no infringe las competencias del regulador, garantizando así la independencia necesaria para decisiones técnicas.
Este fallo establece que la política energética puede estar en consonancia con el análisis técnico, sin que una sola autoridad controle el proceso. La decisión también subraya la importancia de mantener alineadas las políticas del Estado con criterios técnicos, asegurando la coherencia del sistema eléctrico.
A pesar de no generar cambios inmediatos en los precios de la electricidad, la resolución de la Corte sienta un precedente significativo sobre la colaboración entre organismos del Estado en un sector crucial para el país. Las discusiones sobre la regulación del sector eléctrico se mantienen activas, ahora dentro de un marco más claro y delimitado.