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Gobierno embargará cuentas y bienes por adeudos fiscales

El SAT embargará cuentas y bienes personales por adeudos fiscales. Conoce los detalles y cómo defenderte.

La medida se aplicará a ciudadanos y empresas con créditos fiscales no pagados.
El Gobierno confiscará cuentas bancarias y bienes personales de ciudadanos que adeuden estos pagos / Foto: Especial

Municipio, Estado. - El Servicio de Administración Tributaria (SAT) procederá al embargo de cuentas bancarias y bienes personales de aquellos ciudadanos y empresas que tengan adeudos fiscales. Esta acción se llevará a cabo cuando los créditos fiscales sean firmes y no se hayan saldado en el plazo establecido.

El SAT, órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fue creado en 1995 y tiene la tarea de aplicar la legislación fiscal y aduanera, así como combatir la evasión fiscal. La medida de embargo se activará si el contribuyente no paga o garantiza un crédito después de recibir la notificación oficial.

La legislación establece que el contribuyente cuenta con un plazo de 30 días hábiles para actuar. Si no se regulariza su situación, el SAT puede iniciar un procedimiento administrativo que puede culminar en el embargo de sus cuentas. Esta medida incluye todas las cuentas de instituciones financieras, como cuentas de cheques y de ahorro.

Para llevar a cabo el embargo, el SAT debe emitir una orden escrita con fundamento legal. Este documento es crucial para la validación del procedimiento y debe estar firmado por un ejecutor fiscal. Además, las instituciones financieras están obligadas a bloquear los fondos hasta que se cubra la deuda.

Los contribuyentes tienen derechos ante un posible embargo. Según la ley, hay bienes que son considerados inembargables, como herramientas necesarias para el trabajo. También pueden presentar recursos legales para impugnar el embargo si consideran que es injustificado.

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