Ciudad de México, México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a un hombre que fue detenido en 2021 con 14.26 gramos de cannabis, superando el límite legal de 5 gramos. No obstante, la resolución no implica una despenalización general del consumo de mariguana.
El Pleno de la SCJN decidió con una votación de cinco votos a favor y cuatro en contra, insuficientes para crear jurisprudencia obligatoria. El ministro Giovanni Figueroa argumentó que establecer un límite fijo podría vulnerar derechos fundamentales como la privacidad y el libre desarrollo de la personalidad. En 2022, la SCJN ya había determinado inconstitucional la persecución penal de farmacodependientes independientemente de la cantidad de droga en su posesión.
La Corte aclaró que este amparo no elimina el delito de posesión simple de cannabis ni modifica el límite de 5 gramos. La evaluación de la posesión debe considerar tanto las circunstancias objetivas del caso como las condiciones personales del detenido, incluyendo posibles problemas de farmacodependencia. Figueroa destacó que las decisiones deben individualizarse y basarse en pruebas médicas o científicas.
Las ministras que votaron en contra de la propuesta argumentaron que la eliminación de un límite numérico podría abrir la puerta a decisiones arbitrarias que afecten la seguridad jurídica. En particular, la ministra Estela Ríos señaló que el libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a la familia y la sociedad. Las opositoras advirtieron sobre la posible discrecionalidad que podría surgir de esta resolución.
Por otro lado, los ministros a favor señalaron que la restricción de cinco gramos es desproporcionada y no considera las necesidades individuales de los usuarios. La resolución estableció un criterio interpretativo que permite evaluar casos de consumo personal, pero no modifica la legislación existente ni crea precedentes obligatorios.