Por: Dr. Luis Gilberto Ramos Peña
Doctor en Relaciones Internacionales. Profesor de Tiempo Completo de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
La muerte de Nemesio Oseguera Cervantes, alias "El Mencho", líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), durante una operación militar en Tapalpa, Jalisco, el 22 de febrero de 2026, reabrió con urgencia un debate que la academia y la política latinoamericana no pueden seguir postergando: ¿hasta dónde puede llegar la cooperación en materia de seguridad entre dos Estados asimétricos sin que uno de ellos ceda, de facto, porciones sustanciales de su soberanía? El reconocimiento de la Casa Blanca de que Estados Unidos "proporcionó apoyo de inteligencia al gobierno mexicano" para dicha operación, a través de un grupo de trabajo interagencial militar denominado Counter Cartel, con sede en Fort Huachuca, Arizona, coloca la discusión en el centro mismo de la agenda bilateral y del derecho internacional contemporáneo.
I. El péndulo de la cooperación: de Mérida al Marco Bicentenario
La cooperación bilateral en seguridad entre México y Estados Unidos tiene una trayectoria institucional que se remonta, al menos formalmente, al Acuerdo sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia de 1989. Sin embargo, fue la Iniciativa Mérida, firmada en 2007 por los presidentes George W. Bush y Felipe Calderón, la que inauguró un modelo de asistencia de gran escala: entre los ejercicios fiscales 2008 y 2010, el Congreso estadounidense aprobó 1,500 millones de dólares destinados a equipo, entrenamiento y fortalecimiento de las fuerzas de seguridad mexicanas (Congressional Research Service [CRS], 2025). La Iniciativa descansaba sobre cuatro pilares temáticos y adoptaba el principio de "responsabilidad compartida" como eje discursivo, un avance conceptual frente al unilateralismo que había prevalecido en décadas anteriores.
Con todo, la Iniciativa Mérida acumuló déficits estructurales. En 2020, la Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno de Estados Unidos (GAO) documentó que el Departamento de Estado no había dado seguimiento consistente a los indicadores de desempeño de sus programas en México (GAO-23-106871). A esto se sumó la crítica sostenida de la administración de Andrés Manuel López Obrador, quien calificó la Iniciativa como un esquema "ineficaz e inconsistente" con su visión de seguridad. En octubre de 2021, ambos gobiernos anunciaron su reemplazo por el Marco Bicentenario para la Seguridad, la Salud Pública y las Comunidades Seguras, con tres ejes: proteger a las personas, prevenir el crimen transfronterizo y perseguir redes criminales (CRS, 2025). No obstante, analistas del Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS) han señalado que el Marco Bicentenario constituyó, en la práctica, una reconfiguración nominal de los mismos componentes de la Iniciativa Mérida.
En septiembre de 2025, durante la visita del secretario de Estado Marco Rubio a México, ambos gobiernos emitieron una declaración conjunta que estableció un grupo de implementación de alto nivel basado en principios de "respeto a la soberanía" y "responsabilidad compartida y diferenciada". Sin embargo, el CRS ha observado que dicha declaración "no identificó metas claras ni un medio para evaluar el progreso hacia ellas" (CRS, IF10578, 2025). Esta opacidad programática subraya una tensión irresuelta: mientras Washington exige resultados operativos verificables, el gobierno mexicano prioriza la no injerencia como principio constitucional innegociable.
II. Inteligencia compartida y dependencia asimétrica: el caso de la DEA
La Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) ha sido históricamente el vértice operativo de la cooperación antinarcóticos bilateral. Su programa de Unidades Sensibles de Investigación (SIU, por sus siglas en inglés), que entrena investigadores mexicanos en la Academia de la DEA en Quantico, Virginia, constituyó durante más de dos décadas un mecanismo eficaz para la persecución de objetivos de alto valor. Operaciones emblemáticas como United Eagles, que debilitó al Cártel de Tijuana, o la captura de Joaquín "El Chapo" Guzmán en 2014 —resultado de la coordinación entre la DEA, Homeland Security Investigations (HSI) y la Secretaría de Marina de México— ilustran lo que el Baker Institute de la Universidad Rice ha denominado "la fórmula ganadora" de la cooperación bilateral: inteligencia estadounidense ejecutada por fuerzas mexicanas en territorio nacional (Jones, 2025).
Sin embargo, esta arquitectura de cooperación sufrió un deterioro severo a partir de octubre de 2020, cuando agentes de la DEA arrestaron en Los Ángeles al general Salvador Cienfuegos Zepeda, exsecretario de Defensa Nacional (2012-2018), por cargos de narcotráfico y lavado de dinero. La detención, realizada sin notificación previa al gobierno mexicano, fue percibida por la administración de López Obrador como una afrenta directa a la soberanía nacional. En respuesta, el gobierno presionó a Washington hasta lograr la devolución de Cienfuegos y el retiro de los cargos por parte del Departamento de Justicia, bajo el argumento de que "consideraciones delicadas e importantes de política exterior superaban el interés del gobierno en llevar a juicio al acusado".
La consecuencia legislativa fue inmediata y profunda, pues en diciembre de 2020, el Congreso mexicano aprobó una reforma a la Ley de Seguridad Nacional que eliminó la inmunidad diplomática de los agentes extranjeros, los obligó a compartir toda información recopilada en territorio mexicano con las autoridades nacionales, y condicionó su permanencia a una acreditación otorgada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, previa consulta con las secretarías de Defensa Nacional y Marina. Además, el gobierno mexicano disolvió en 2021 la unidad especializada antidrogas de la DEA que había operado en el país por más de veinte años. Matthew Donahue, entonces alto funcionario de la DEA, declaró ante medios que los agentes mexicanos se encontraban "demasiado temerosos" para colaborar "por las repercusiones de su propio gobierno si son descubiertos trabajando con la DEA".
Este desmantelamiento institucional creó un vacío de inteligencia que no fue cubierto por capacidades domésticas. Para mayo de 2024, la propia administradora de la DEA, Anne Milgram, confirmó ante un subcomité del Congreso estadounidense que trece agentes y analistas de inteligencia asignados al rastreo de las dos principales organizaciones transnacionales exportadoras de fentanilo seguían esperando sus visas mexicanas, algunas pendientes desde hacía ocho meses. Este dato revela la magnitud de la erosión: México restringió el acceso de inteligencia extranjera sin haber desarrollado un aparato equivalente de capacidades propias.
III. La designación terrorista: una doctrina que redefine la soberanía
El 20 de enero de 2025, en su primer día de mandato, el presidente Donald Trump firmó la Orden Ejecutiva 14157, "Designating Cartels and Other Organizations as Foreign Terrorist Organizations and Specially Designated Global Terrorists". La orden caracterizó a los cárteles como "entidades cuasi-gubernamentales" que controlan "casi todos los aspectos de la sociedad" en ciertas partes de México, y cuyas actividades representan "un riesgo inaceptable para la seguridad nacional" de Estados Unidos. El 20 de febrero de 2025, el secretario de Estado Marco Rubio formalizó la designación de ocho organizaciones criminales como Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTO) y Terroristas Globales Especialmente Designados (SDGT): el Cártel de Sinaloa, el CJNG, el Cártel del Noreste, el Cártel del Golfo, La Nueva Familia Michoacana, Cárteles Unidos, Tren de Aragua y la Mara Salvatrucha (AS/COA, 2025).
Las implicaciones jurídicas de esta designación son de enorme calado. Conforme a la Sección 2339B del Título 18 del Código de los Estados Unidos, constituye delito federal proporcionar "apoyo material o recursos" a una FTO, con penas que pueden incluir cadena perpetua si resulta la muerte de alguna persona. Como ha señalado el Congressional Research Service, esta tipificación habilita a las agencias de inteligencia militar estadounidenses a recolectar información sobre los cárteles bajo los parámetros aplicables a organizaciones terroristas, ampliando significativamente la base legal para operaciones de vigilancia y persecución extraterritorial (CRS, IN11205, 2025).
La preocupación central, desde una perspectiva de derecho internacional y soberanía estatal, radica en el precedente que esta designación establece. Jason Blazakis, exdirector de la oficina del Departamento de Estado responsable de las designaciones terroristas, ha advertido que México históricamente se opuso a esta medida porque "pondría en peligro su soberanía". El precedente del general Qasem Soleimani —comandante de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán, designada como FTO, y eliminado mediante un ataque de dron estadounidense en enero de 2020, invocando precisamente dicha designación— no es menor. Cuando se le preguntó a Trump sobre el envío de fuerzas especiales a México para confrontar a los cárteles, su respuesta fue reveladora: "Podría pasar. Han pasado cosas más extrañas".
La respuesta mexicana ha oscilado entre la cooperación pragmática y la defensa retórica de la soberanía. La presidenta Claudia Sheinbaum ha rechazado de manera consistente las propuestas de desplegar tropas estadounidenses o agentes de la CIA en territorio mexicano para acompañar a fuerzas nacionales en redadas contra laboratorios de fentanilo. Sin embargo, de manera simultánea, su gobierno ha trasladado a más de noventa presuntos líderes de cárteles a custodia estadounidense y desplegó la Operación Frontera Norte con 10,000 elementos de la Guardia Nacional. Este juego de espejos —negación pública, cooperación discreta— tiene raíces históricas profundas, pero la escala y unilateralidad de las acciones de la administración Trump lo han llevado a un punto de tensión sin precedentes recientes.
IV. El caso "El Mencho": inteligencia militar y los límites difusos de la soberanía operativa
La operación del 22 de febrero de 2026 en Tapalpa, Jalisco, constituye un caso de estudio paradigmático. Según reportes confirmados, la inteligencia que permitió localizar a Oseguera Cervantes fue proporcionada por un grupo de trabajo interagencial denominado Counter Cartel, integrado por elementos del FBI, ICE y agencias de inteligencia militar estadounidenses, con sede en Fort Huachuca, Arizona, a apenas veinticuatro kilómetros de la frontera con México. La información fue procesada y transmitida a las fuerzas armadas mexicanas, que ejecutaron la operación. Durante el enfrentamiento, ocho miembros del CJNG fueron abatidos, y Oseguera murió durante su traslado aéreo a la Ciudad de México.
La violencia reactiva fue inmediata y devastadora: al menos veinticinco miembros de la Guardia Nacional fueron asesinados en seis ataques separados en Jalisco; se registraron bloqueos carreteros en más de veinte estados; se incendiaron vehículos y edificios en Guadalajara y Puerto Vallarta —sede esta última de turismo internacional—; se suspendieron vuelos comerciales; y la Embajada de Estados Unidos emitió alertas de refugio inmediato para sus ciudadanos. La magnitud de esta reacción reveló una verdad incómoda: la capacidad de los cárteles para desplegar una respuesta coordinada a escala nacional demuestra que su poder territorial y logístico excede, en ciertos escenarios, la capacidad de contención del Estado mexicano.
Desde la perspectiva del análisis político, la operación expone una paradoja estructural. México necesitó inteligencia estadounidense para localizar al líder del cártel más poderoso del país en su propio territorio. El secretario de Defensa Nacional, general Ricardo Trevilla Trejo, reconoció que el apoyo estadounidense permitió "desmantelar" las redes de información de Oseguera. Esta admisión, lejos de ser anecdótica, evidencia una dependencia sistémica en materia de inteligencia estratégica que cuestiona la autonomía operativa del Estado mexicano en uno de sus dominios más sensibles: la seguridad interior.
V. La fragilidad del ciberespacio mexicano: una amenaza silenciosa a la seguridad nacional
Mientras el debate público se concentra en las dimensiones cinéticas de la seguridad —operaciones militares, capturas, narcobloqueos—, una amenaza igualmente grave se desarrolla en el dominio digital con una atención institucional insuficiente. En 2024, México concentró aproximadamente el 55 por ciento de los ciberataques registrados en América Latina, con pérdidas económicas superiores a los 40 millones de dólares, según datos de Crisis24. La firma mexicana de ciberseguridad SILIKN proyectó un incremento del 260 por ciento en ciberataques contra instituciones federales para 2025, impulsado por sistemas tecnológicos obsoletos y recortes presupuestarios derivados de las políticas de austeridad.
Los datos son alarmantes: el 80.7 por ciento de las organizaciones gubernamentales mexicanas reportó al menos un compromiso de seguridad durante el último año; el 60 por ciento de las violaciones de datos se originó en errores humanos, y el 22 por ciento involucró directamente a empleados internos (SILIKN, 2025). La infraestructura hídrica, el sistema financiero y el sector energético —incluyendo Pemex, la empresa estatal petrolera— han sido blanco de ataques con implicaciones para la seguridad nacional. En abril de 2025, las propias fuerzas armadas confirmaron estar investigando una red de hackers vinculados al CJNG que intentó vulnerar múltiples agencias de seguridad nacional.
El informe de Google Threat Intelligence de septiembre de 2024 documentó que actores cibernéticos vinculados a la República Popular China representaron un tercio de la actividad de phishing estatal contra México, un nivel comparable al observado en países de la Iniciativa de la Franja y la Ruta. Adicionalmente, se identificaron operaciones de espionaje gubernamental rusas, así como el uso persistente de software espía comercial (spyware) contra periodistas, activistas y funcionarios gubernamentales mexicanos. Este ecosistema de amenazas cibernéticas compromete directamente la integridad de la inteligencia compartida con Estados Unidos y refuerza la desconfianza de Washington sobre la capacidad de México para proteger información clasificada.
México no ha ratificado formalmente el Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia —el instrumento internacional de referencia en la materia— y la Estrategia Nacional de Ciberseguridad publicada en 2017 fue abandonada por la administración que asumió en 2018. Si bien el gobierno de Sheinbaum creó en enero de 2025 una Dirección General de Ciberseguridad bajo la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), la ausencia de una ley integral de ciberseguridad deja al país sin un marco jurídico coherente para la defensa del ciberespacio. Esta fragmentación normativa y operativa convierte al dominio digital mexicano en el eslabón más débil de la cadena de seguridad bilateral.
VI. Reflexión final: soberanía, interdependencia y la urgencia de capacidades autónomas
El panorama descrito configura una ecuación de dependencia estructural que compromete la posición negociadora de México en el ámbito bilateral. La designación de los cárteles como organizaciones terroristas extranjeras, la creación de grupos de trabajo militar interagenciales enfocados en la frontera suroeste, las incursiones documentadas de drones estadounidenses en territorio mexicano —descritas por la propia administración de Sheinbaum como "cooperación bilateral autorizada"—, y la presión para permitir operaciones de fuerzas especiales estadounidenses en suelo mexicano conforman un arco de erosión progresiva de la soberanía operativa.
No obstante, sería reduccionista atribuir esta dinámica exclusivamente al expansionismo de la política exterior estadounidense. La incapacidad del Estado mexicano para desarrollar capacidades propias de inteligencia estratégica, la vulnerabilidad sistémica de su ciberespacio, la infiltración documentada de organizaciones criminales en las instituciones de seguridad y la persistente resistencia a construir marcos de cooperación con mecanismos de evaluación verificables contribuyen, desde el lado mexicano, a perpetuar un ciclo de dependencia que paradójicamente debilita la soberanía que se invoca para rechazar la injerencia.
La relación comercial bilateral —cercana a los 900,000 millones de dólares en 2024— y el interés compartido en la estabilidad regional sugieren que la cooperación no es opcional sino estructuralmente necesaria. Sin embargo, esta cooperación debe evolucionar desde modelos asimétricos hacia esquemas de corresponsabilidad verificable, con inversión real en capacidades domésticas de inteligencia y ciberdefensa. La Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2026, actualmente en negociación en el Congreso estadounidense, incluye una disposición explícita que establece que ninguna de sus secciones "puede interpretarse como una autorización para el uso de la fuerza militar contra México o cualquier entidad dentro de México" (S. 1071, §8365). Este lenguaje, lejos de ser retórico, constituye un reconocimiento legislativo de que el límite entre cooperación e intervención se ha vuelto peligrosamente difuso.
La academia mexicana tiene la responsabilidad de contribuir a este debate con rigor analítico y sin complacencias ideológicas. La soberanía no se defiende con declaraciones sino con capacidades institucionales. Un Estado que depende de inteligencia extranjera para localizar a sus propios objetivos de seguridad, que carece de legislación integral para proteger su ciberespacio, y cuyas instituciones de seguridad son vulnerables a la infiltración criminal, ejerce una soberanía cada vez más formal y cada vez menos sustantiva. Reconocer esta realidad no es ceder ante la presión externa; es el primer paso para construir una autonomía estratégica que haga de la cooperación bilateral un instrumento de fortalecimiento mutuo y no un mecanismo de subordinación encubierta.
Referencias
AS/COA (2025). "Which Cartels and Groups Is Trump Designating as Foreign Terrorist Organizations?" Americas Society/Council of the Americas. https://www.as-coa.org/articles/which-cartels-and-groups-trump-designating-foreign-terrorist-organizations
Congressional Research Service (2025). "Designating Cartels and Other Criminal Organizations as Foreign Terrorists: Recent Developments." CRS In Focus, IN11205. https://www.congress.gov/crs-product/IN11205
Congressional Research Service (2025). "Evolution of U.S.-Mexico Security Cooperation." CRS In Focus, IF10578. https://crsreports.congress.gov/product/pdf/IF/IF10578/27
Crisis24 (2025). "Mexico: Cyber Crimes Likely to Escalate, Threatening National Security and Financial Interests." https://www.crisis24.com/articles/mexico-cyber-crimes-likely-to-escalate
Ejecutivo Federal de los Estados Unidos (2025). Executive Order 14157, "Designating Cartels and Other Organizations as Foreign Terrorist Organizations and Specially Designated Global Terrorists." The White House, 20 de enero de 2025. https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/01/designating-cartels-and-other-organizations
Google Threat Intelligence (2024). "Insights on Cyber Threats Targeting Users and Enterprises in Mexico." Google Cloud Blog, septiembre de 2024. https://cloud.google.com/blog/topics/threat-intelligence/cyber-threats-targeting-mexico
Jones, N. P. (2025). "Sovereignty Strengthens US-Mexico Security Ties." Rice University's Baker Institute for Public Policy. https://doi.org/10.25613/VD87-G116
Reforma a la Ley de Seguridad Nacional (2020). Diario Oficial de la Federación, 19 de diciembre de 2020. Adición del Título Séptimo, regulación de agentes extranjeros en territorio mexicano.
SILIKN (2025). Proyecciones de ciberataques contra instituciones federales mexicanas. Informes citados en Mexico Business News, enero-noviembre de 2025.
U.S. Government Accountability Office (2023). "U.S. Assistance to Mexico: State Department Should Strengthen Monitoring." GAO-23-106871. https://www.gao.gov/assets/gao-23-106871.pdf
WilmerHale (2025). "Implications of EO 14157 and Recent FTO and SDGT Designations." Client Alert, abril de 2025. https://www.wilmerhale.com/en/insights/client-alerts/20250422-implications-of-eo-14157