Ciudad de México, México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió este lunes no reabrir sentencias y amparos ya dictados, manteniendo firmes las resoluciones emitidas por sus antiguas Salas. Esta determinación se basa en que dichas sentencias son "definitivas", lo que implica que no existe una "segunda instancia" para revisión.
La resolución llega en un momento de gran expectativa, dado que la Fiscalía General de la República había buscado reabrir la causa en contra de Juana Hilda González, quien fue liberada tras pasar 19 años en prisión por el secuestro de Hugo Alberto Wallace. La Corte enfatizó que la decisión de otorgar un amparo es concluyente y no puede ser revisada por el Pleno del mismo tribunal.
A través de un comunicado, la Corte expresó que, al ser un "órgano único e indivisible", no es posible que existan revisiones internas a sus propios fallos. Esta postura marca un importante precedente judicial en la gestión de amparos y podría influir en varios casos pendientes, generando preocupaciones tanto en el ámbito judicial como en el sector privado que sigue de cerca estas decisiones.
La sesión también incluyó un momento controversial, en el cual siete ministros votaron a favor de eliminar un párrafo específico del proyecto resolutivo que debía abordar la figura de la cosa juzgada fraudulenta. Aunque este aspecto no fue revisado en esta ocasión, sigue siendo un tema sensible que la Suprema Corte deberá enfrentar en el futuro cercano.
El impacto de esta resolución es notable, especialmente para la FGR y su estrategia legal, alentando a una reflexión sobre la certeza de los procesos judiciales en el país y las implicaciones que esto tiene para el sistema de justicia.